Mandat Marc CVMC

Listas definitivas de personas admitidas en las bolsas de trabajo temporal

Jul 11, 2017
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RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2017, del presidente del Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació, por la que se da publicidad a la relación de personas que integran diversas bolsas de trabajo temporal convocadas por Resolución de 2 de junio de 2017.

Por Resolución de 2 de junio de 2017, del presidente del Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació (CVMC), se convocaron varias bolsas de trabajo temporal para la contratación laboral temporal de determinadas categorías profesionales en la CVMC (DOGV de 02.06.2017).

Por Resolución de 22 junio 2017, del presidente del Consejo Rector se da publicidad a la relación provisional de las personas admitidas en las diversas bolsas de trabajo convocadas por Resolución de 2 de junio de 2017.

De acuerdo con la base octava, finalizado el plazo concedido para formular las alegaciones y vistas estas, se dictará una resolución del presidente de la CVMC por la cual se ordenará la publicación de la relación de personas que integran la bolsa de trabajo de la categoría que corresponda, ordenadas de acuerdo con la puntuación obtenida según los méritos declarados, y la lista de personas excluidas, con indicación de la causa de exclusión, y se publicará en la página web de la CVMC.

De acuerdo con la base novena, la resolución del presidente de la CVMC por la cual se ordena la publicación de la relación de integrantes de la bolsa de trabajo correspondiente debe indicar la puntuación a partir de la cual las personas inscritas tienen que presentar, en el lugar que se indique, en un plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la resolución, la documentación acreditativa de los requisitos y méritos que se han hecho constar en la solicitud.

Por todo lo cual, resuelvo

Primero

Publicar la relación de las personas que integran las bolsas de trabajo de las categorías que se indican a continuación y que figuran en los documentos adjuntos y la puntuación a partir de la que tienen que presentar la documentación:

  1. Técnico/a en gestión económica y administrativa: deben presentar la documentación las persones puntuadas desde 39 hasta 17’50 puntos.
  2. Técnico/a de recursos humanos: deben presentar la documentación las personas puntuadas desde 39 hasta 18’70 puntos.
  3. Técnico/a jurídico/a: deben presentar la documentación las personas puntuadas desde 22 hasta 13,23 puntos.
  4. Administrativo/a: deben presentar la documentación las persones puntuadas desde 42’68 hasta 22’54 puntos.
  5. Auxiliar administrativo/a de Presidencia: deben presentar la documentación las persones puntuadas desde 41’18 hasta 33’54 puntos.
  6. Auxiliar administrativo/a: deben presentar la documentación las personas puntuadas desde 42’68 hasta a 31’99 puntos.
  7. Técnico/a en gestión web: deben presentar la documentación las personas puntuadas desde 39’15 hasta a 31’50 puntos.
  8. Productor/a ejecutivo/a: deben presentar la documentación las personas puntuadas desde 36’85 hasta a 25’50 puntos.
  9. Técnico/a lingüístico/a: deben presentar la documentación las personas puntuadas desde 46’50 hasta a 17’80 puntos.
  10. Técnico/a en telecomunicaciones: deben presentar la documentación las personas puntuadas desde 40’50 hasta a 25’16 puntos.
  11. Técnico/a en informática: deben presentar la documentación las personas puntuadas desde 38’50 hasta a 18’54 puntos.
  12. Operador/a de sistemas informáticos: deben presentar la documentación las personas puntuadas desde 38 hasta 25’59 puntos.

Segundo

La admisión de las persones aspirantes a integrarse en la bolsa que no hayan presentado la solicitud con el certificado de firma electrónica está condicionada a que acrediten que han presentado la solicitud y la documentación adjunta, dentro del plazo previsto en la convocatoria, en cualquier de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, de acuerdo con lo previsto en la base quinta 2 de la convocatoria.

Tercero

Las personas interesadas deberán presentar en el plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en la página web de la CVMC (desde el día 12 de julio hasta el día 18 de julio), la documentación acreditativa de los requisitos y méritos que se han hecho constar en la solicitud de participación en la bolsa.

Cuarto

La documentación se debe presentar en la sede de la CVMC (CPP Polígono Acceso Ademuz s/n de Burjassot) adjunta a un escrito con los datos personales y la categoría a la que se presenta, dirigido a la Comisión de Valoración de la bolsa, en horario de 9.00 a 14.00 horas.

Quinto

Como consecuencia de la comprobación material de la documentación presentada se podrá modificar la ordenación de la lista de personas de cada categoría, de acuerdo con la puntuación obtenida.

Sexto

  1. Quedarán excluidas de la bolsa de trabajo temporal de la categoría de que se trate las persones candidatas que no presenten en el plazo concedido la documentación acreditativa de los requisitos.
  2. La relación de personas excluidas y el motivo de la exclusión se harán públicos en la página web de la CVMC.

Séptimo

Cuando proceda, se dictará una nueva resolución de la Presidencia de la CVMC en la que se establecerá el intervalo de puntuación siguiente a fin de que las persones integrantes de la bolsa incluidas en este presenten la documentación acreditativa de los méritos y requisitos.

Octavo

La relación de las personas admitidas en el resto de categorías se hará pública de forma sucesiva de acuerdo con las necesidades de la CVMC.

Noveno

En el anexo se publica la relación de persones que han presentado alegaciones y la causa de estimación o desestimación.

De conformidad con lo que establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 8.3, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición o bien plantear directamente recurso contencioso administrativo, atendiendo los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición ha de interponerse ante la Presidencia del Consejo Rector en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en la página web de la CVMC.
b) El recurso contencioso administrativo tiene que plantearse ante el Juzgado Contencioso Administrativo de València, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en la página web de la CVMC.

Los emplazamientos en los recursos contenciosos administrativos que se sustancien contra la presente resolución se realizarán mediante la inserción del correspondiente edicto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Burjassot, 11 de julio 2017. El president del Consejo Rector: Enrique Soriano Hernández

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