La Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal introdujo en el ordenamiento jurídico español la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Una de las modificaciones más significativas del Código Penal consistió en contemplar de forma expresa la posibilidad para las personas jurídicas de evitar incurrir en responsabilidad penal por los delitos cometidos por sus representantes, administración y plantilla, siempre que se establezca un programa eficaz para la prevención y detección de delitos.
Con la finalidad de asegurar la exención de responsabilidad o la atenuación de la eventual pena, la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicación adopta un modelo de organización y gestión de riesgos penales que incluye las medidas de vigilancia y control para prevenir delitos o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.
Las comunicaciones de información, denuncias, dudas, consultas o alertas de posibles riesgos de incumplimiento ético y normativo se pueden hacer a través de los siguientes canales: