Segundo requerimiento complementario de documentación en las bolsas de la CVMC (Fase 2)
RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2017, del presidente del Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació, por la que se requiere la presentación de documentación a las personas indicadas, que complementa la Resolución de 25 de septiembre de 2017 (Fase 2, segundo requerimiento).
Por Resolución de 25 de septiembre 2017, del presidente del Consejo Rector de la CVMC, se da publicidad a la relación de personas que integran diversas bolsas de trabajo temporal convocadas por Resolución de 2 de junio de 2017 y la puntuación a partir de la que debían presentar la documentación.
Después de presentar la documentación y ser baremada por la Comisión de Valoración, se ha dictado la Resolución de 3 de noviembre de 2017, del presidente del Consejo Rector de la CVMC, por la que se da publicidad a la puntuación definitiva de las personas cuya baremación ha sido revisada pertenecientes a diversas bolsas de trabajo temporal y se aprueba la relación de las persones candidatas para la provisión temporal de los puestos ofrecidos. En algunos casos, las persones candidatas resultan insuficientes para cubrir los puestos ofrecidos en las categorías correspondientes.
De acuerdo con la base novena 3 de la convocatoria: “Cuando resulte necesario, se dictará nueva resolución de la Presidencia de la CVMC en la que se establecerá el siguiente intervalo de puntuación a fin de que las personas integrantes de la bolsa incluidas en el mismo, presenten la documentación acreditativa de los méritos y requisitos, en los términos establecidos en el apartado 1 de esta base.”
Por todo lo cual, resuelvo
Primero
Las personas que se encuentren incluidas en el intervalo de puntuación señalado y que figuran en los documentos adjuntos deben presentar la documentación acreditativa de los méritos y requisitos:
- Técnico/a en comunicación. Deben presentar la documentación las persones puntuadas desde 28,50 hasta 23,97 puntos.
- Técnico/a en marketing. Deben presentar la documentación las persones puntuadas desde 20,10 hasta 13,34 puntos.
- Técnico/a publicista. Deben presentar la documentación las persones puntuadas desde 20,50 hasta 13,60 puntos.
- Técnico/a en audiencias. Deben presentar la documentación las persones puntuadas desde 17,50 hasta 14,53 puntos.
- Técnico/a de emisión. Deben presentar la documentación las persones puntuadas desde 16,08 hasta 16’51 puntos.
Segundo
La admisión de las persones aspirantes a integrarse en las bolsas que no hayan presentado la solicitud con el certificado de firma electrónica está condicionada a que acrediten que han presentado la solicitud y la documentación adjunta, dentro del plazo previsto en la convocatoria, en cualquier de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, de acuerdo con lo previsto en la base quinta 2 de la convocatoria.
A tal efecto, quien no haya presentado la solicitud con certificado de firma digital deberá presentar copia de dicha solicitud cuando presente la documentación.
Tercero
Las personas interesadas deberán presentar en el plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en la página web de la CVMC (los días 7 a 10 y 13 de noviembre), la documentación acreditativa de los requisitos y méritos que se han hecho constar en la solicitud de participación en la bolsa.
Cuarto
La documentación se debe presentar en la sede de la CVMC (CPP Polígono Acceso Ademuz s/n de Burjassot) adjunta a un escrito con los datos personales y la categoría a la que se presenta, dirigido a la Comisión de Valoración de la bolsa, en horario de 9.00 a 14.00 horas.
La documentación podrá ser compulsada en la sede de la CVMC. A tal efecto deberá presentarse la fotocopia del documento junto al original.
Debe recordarse que entre la documentación que debe aportarse se encuentra el certificado médico (base segunda 1 d) y en caso de que se alegue diversidad funcional, certificado de capacidades a efectos de demanda de empleo, o en su caso, la acreditación de haberlo solicitado y certificado de compatibilidad del puesto (base cuarta 8).
Cualquier cuestión relacionada con la presentación de documentación podrá consultarse exclusivamente en dubtesborsa@cvmc.es
Quinto
Como consecuencia de la comprobación material de la documentación presentada se podrá modificar la ordenación de la lista de personas de cada categoría, de acuerdo con la puntuación obtenida.
Sexto
- Quedarán excluidas de la bolsa de trabajo temporal de la categoría de que se trate las persones candidatas que no presenten en el plazo concedido la documentación acreditativa de los requisitos.
- La relación de personas excluidas y el motivo de la exclusión se harán públicos en la página web de la CVMC.
Burjassot, 6 de noviembre 2017. El presidente del Consejo Rector: Enrique Soriano Hernández
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