Requerimiento complementario de documentación en las bolsas de la CVMC

Ago 28, 2017
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RESOLUCIÓN de 28 de agosto de 2017, del presidente del Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació, per la que se requiere la presentación de documentación a las personas indicadas, que complementa la Resolución de 11 de julio de 2017.

Por Resolución de 11 de juliol 2017, del presidente del del Consejo Rector de la CVMC, se da publicidad a la relación de personas que integran diversas bolsas de treball temporal convocadas por Resolución de 2 de junio de 2017 y la puntuación a partir de la que debían presentar la documentación.

Después de presentar la documentación y ser baremada por la Comisión de Valoración, se ha dictado la Resolución de 18 de agosto de 2017, del presidente del Consejo Rector de la CVMV, por la cual se da publicidad a la puntuación definitiva de las personas cuya baremació ha sido revisada pertenecientes a diversas bolsas de trabajo temporal y se aprueba la relación de las persones candidatas para la provisión temporal de los puestos ofrecidos. En algunos casos, las persones candidatas resultan insuficientes para cubrir los puestos ofrecidos en las categorías correspondientes.

De acuerdo con la base novena 3 de la convocatoria: “Cuando resulte necesario, se dictará nueva resolución de la Presidencia de la CVMC en la que se establecerá el siguiente intervalo de puntuación a fin de que las personas integrantes de la bolsa incluidas en el mismo, presenten la documentación acreditativa de los méritos y requisitos, en los términos establecidos en el apartado 1 de esta base.”

Por Resolución de 2 de junio de 2017, del presidente del Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació (CVMC), se convocaron varias bolsas de trabajo temporal para la contratación laboral temporal de determinadas categorías profesionales en la CVMC (DOGV de 02.06.2017).

Por todo lo cual, resuelvo

Primero

Les persones que se encuentren incluidas en el intervalo de puntuación señalado y que figuran en los documentos adjuntos deben presentar la documentación acreditativa de los méritos y requisitos:

  1. Técnico/a de recursos humanos:
    deben presentar la documentación las personas puntuadas desde 18’60 hasta 14’50 puntos.
  2. Técnico/a jurídico/a:
    deben presentar la documentación las personas puntuadas desde 13’20 hasta 11’50 puntos.
  3. Técnico/a en gestión web:
    deben presentar la documentación las personas puntuadas desde 28’20 hasta a 14’30 puntos.
  4. Productor/a ejecutivo/a:
    deben presentar la documentación las personas puntuadas desde 25’45 hasta a 23’61 puntos.
  5. Técnico/a lingüístico/a:
    deben presentar la documentación las personas puntuadas desde 17’50 hasta a 14’00 puntos.
  6. Técnico/a en informática:
    deben presentar la documentación las personas puntuadas desde 16’30 hasta a 13’58 puntos.
  7. Operador/a de sistemas informáticos:
    deben presentar la documentación las personas puntuadas desde 23’95 hasta 14’50 puntos.

Segundo

La admisión de las persones aspirantes a integrarse en las bolsas que no hayan presentado la solicitud con el certificado de firma electrónica está condicionada a que acrediten que han presentado la solicitud y la documentación adjunta, dentro del plazo previsto en la convocatoria, en cualquier de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, de acuerdo con lo previsto en la base quinta 2 de la convocatoria.

Tercero

Las personas interesadas deberán presentar en el plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en la página web de la CVMC (los días 29, 30 y 31 de agosto y 1 y 4 de septiembre), la documentación acreditativa de los requisitos y méritos que se han hecho constar en la solicitud de participación en la bolsa.

Cuarto

La documentación se debe presentar en la sede de la CVMC (CPP Polígono Acceso Ademuz s/n de Burjassot) adjunta a un escrito con los datos personales y la categoría a la que se presenta, dirigido a la Comisión de Valoración de la bolsa, en horario de 9.00 a 14.00 horas.

La documentación podrá ser compulsada en la sede de la CVMC.

Debe recordarse que entre la documentación que debe aportarse se encuentra el certificado médico (base segunda 1 d) y en caso de que se alegue diversidad funcional, certificado de capacidades a efectos de demanda de empleo, o en su caso, la acreditación de haberlo solicitado y certificado de compatibilidad del puesto (base cuarta 8).

Quinto

Como consecuencia de la comprobación material de la documentación presentada se podrá modificar la ordenación de la lista de personas de cada categoría, de acuerdo con la puntuación obtenida.

Sexto

1. Quedarán excluidas de la bolsa de trabajo temporal de la categoría de que se trate las persones candidatas que no presenten en el plazo concedido la documentación acreditativa de los requisitos.

2. La relación de personas excluidas y el motivo de la exclusión se harán públicos en la página web de la CVMC.

Séptimo

En todo lo no previsto será de aplicación la Resolución de 11 de julio 2017, del presidente del Consejo Rector de la CVMC.

Burjassot, 28 de agosto 2017. El presidente del Consejo Rector: Enrique Soriano Hernández

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